Es una de las preguntas que más nos hacen en el despacho: ¿me conviene seguir como autónomo o sociedad limitada? No hay una respuesta única. Depende del beneficio de tu negocio, del riesgo de la actividad, de si vas a contratar o tener socios y de cuánto dinero necesitas sacar cada mes para vivir.
En esta guía repasamos los criterios que usamos para ayudar a nuestros clientes a decidir con números, no con intuiciones.

Responsabilidad: qué te juegas
El autónomo responde de las deudas del negocio con todo su patrimonio personal, presente y futuro. Existe la figura del Emprendedor de Responsabilidad Limitada, que permite proteger la vivienda habitual con ciertos límites y requisitos, pero su alcance es reducido.
En una sociedad limitada, en cambio, la responsabilidad de los socios se limita al capital aportado. Hay excepciones —deudas que el socio avala personalmente, responsabilidad de los administradores por mala gestión o por no disolver la sociedad cuando procede—, pero el patrimonio personal queda, en general, separado del de la empresa.
Si tu actividad tiene riesgos importantes (obras, contratos grandes, personal a cargo), este punto puede pesar más que el fiscal.
Impuestos: IRPF frente a Impuesto sobre Sociedades
El autónomo tributa por el IRPF, un impuesto progresivo: cuanto más ganas, mayor es el porcentaje que pagas por cada euro adicional, y en los tramos altos se supera el 45 % sumando la parte estatal y la autonómica.
La sociedad limitada tributa por el Impuesto sobre Sociedades, con un tipo general del 25 %. Las empresas de nueva creación tributan al 15 % en el primer periodo con base imponible positiva y en el siguiente, y existen tipos reducidos para empresas de menor tamaño que se están rebajando de forma progresiva en los últimos años.
Pero el dinero que gana la sociedad no es tuyo hasta que lo sacas. Si te pagas una retribución como administrador o te repartes dividendos, esa parte vuelve a tributar en tu IRPF. Por eso la comparación correcta no es «25 % contra 45 %», sino cuánto pagas en total entre la sociedad y tú según lo que necesitas retirar cada año.

Cotizaciones: el socio administrador también es autónomo
Crear una sociedad no te libra de la cuota de autónomos. Si eres socio y administrador de tu SL y la controlas, cotizas en el RETA como autónomo societario, con una base mínima específica para este colectivo. Es un coste que hay que incluir en los cálculos.
Costes y trámites de una sociedad limitada
Desde la ley Crea y Crece, una sociedad limitada puede constituirse con un capital mínimo de 1 euro. Eso sí, mientras el capital no alcance los 3.000 euros, la sociedad debe destinar a reserva legal al menos el 20 % del beneficio y, en caso de liquidación, los socios responden solidariamente de la diferencia hasta esos 3.000 euros.
Más allá del capital, la sociedad tiene costes que el autónomo no tiene:
- Constitución: notaría, Registro Mercantil y certificación negativa de denominación (se puede tramitar telemáticamente a través del sistema CIRCE).
- Contabilidad completa conforme al Plan General Contable, legalización de libros y depósito de las cuentas anuales cada año.
- Impuesto sobre Sociedades, con sus pagos fraccionados cuando correspondan.
- Mayor coste de asesoría, por el mayor volumen de obligaciones.
Encontrarás información oficial sobre las formas jurídicas en el Portal PYME del Ministerio de Industria.

Entonces, ¿autónomo o sociedad limitada?
Como orientación, la sociedad empieza a compensar fiscalmente cuando el beneficio del negocio supera con holgura lo que necesitas retirar para vivir, de modo que una parte importante puede quedarse en la empresa para reinvertir. Con beneficios moderados, la diferencia de impuestos suele quedarse corta frente a los costes adicionales.
Hay otros motivos para dar el paso aunque los números estén ajustados:
- Vas a entrar con socios y necesitas reglas claras.
- Quieres separar el riesgo del negocio de tu patrimonio familiar.
- Buscas financiación o clientes que prefieren trabajar con sociedades.
- Piensas en la continuidad o la venta futura del negocio.

En nuestra asesoría fiscal hacemos la simulación con tus cifras reales —impuestos, cotizaciones y costes de mantenimiento— para que decidas entre autónomo o sociedad limitada con datos. Y si das el paso, nos ocupamos de la constitución, la contabilidad y las obligaciones laborales.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pasar de autónomo a sociedad limitada más adelante?
Sí, y es lo más habitual: se empieza como autónomo y se crea la sociedad cuando el negocio crece. Conviene planificar bien el traspaso de clientes, contratos, trabajadores y bienes para no generar costes fiscales innecesarios.
¿Una sociedad limitada paga menos impuestos que un autónomo?
No siempre. La sociedad tributa a un tipo fijo, pero lo que retiras como sueldo o dividendo vuelve a tributar en tu IRPF. Solo con una simulación de tu caso se puede saber qué opción sale mejor.
¿Cuánto se tarda en crear una sociedad limitada?
Con la tramitación telemática, la constitución puede completarse en pocos días si la documentación está preparada. Lo que más tiempo lleva suele ser decidir los estatutos, el capital y el reparto entre socios.
¿Te ayudamos? En Picó Assessors llevamos desde el año 2000 la gestión laboral, contable y fiscal de autónomos y pymes de Mallorca. Pide cita en nuestra oficina de la calle Parellades, en el centro de Palma, o escríbenos y lo vemos a distancia.
Más guías: calendario fiscal del autónomo en Baleares y cuentas anuales de una sociedad limitada.